Para poder comprender toda la información relacionada a los resguardos indígenas es preciso citar algunos conceptos de términos importantes que están contemplados en el decreto 2164 de 1995, que permitirán un mejor entendimiento:
AUTORIDAD TRADICIONAL: Son los miembros de una comunidad indígena que ejercen, dentro de la estructura propia de la respectiva cultura, un poder de organización, gobierno, gestión o control social.
CABILDO INDÍGENA: Es una entidad pública especial, cuyos integrantes son miembros de una
comunidad indígena, elegidos y reconocidos por ésta, con una organización socio política tradicional,
cuya función es representar legalmente a la comunidad, ejercer la autoridad y realizar las actividades que le atribuyen las leyes, sus usos, costumbres y el reglamento interno de cada comunidad.
COMUNIDAD INDÍGENA: Es el conjunto de familias de ascendencia amerindia, que tienen conciencia de identidad y comparten valores, rasgos, usos o costumbres de su cultura, así como formas de gobierno, gestión, control social o sistemas normativos propios que la distinguen de otras comunidades, tengan o no títulos de propiedad, o que no puedan acreditarlos legalmente, o que sus resguardos fueron disueltos, divididos o declarados vacantes.
RESERVA INDÍGENA: Es un globo de terreno baldío ocupado por una o varias comunidades indígenas que fue delimitado y legalmente asignado por el Incora a aquellas para que ejerzan en
él los derechos de uso y usufructo con exclusión de terceros. Las reservas indígenas constituyen
tierras comunales de grupos étnicos, para los fines previstos en el artículo 63 de la Constitución
Política y la Ley 21 de 1991.
TERRITORIOS INDÍGENAS: Son las áreas poseídas en forma regular y permanente por una comunidad, parcialidad o grupo indígenas y aquellas que, aunque no se encuentren poseídas en esa
forma, constituyen el ámbito tradicional de sus actividades sociales, económicas y culturales.
INCODER: El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - Incoder, entró en un proceso de liquidación a partir del 7 de Diciembre de 2015 con la expedición del Decreto 2365 de la Presidencia de la República, el cual establece su supresión con un tiempo de liquidación de un año a partir de la fecha de expedición, tiempo que puede ser prorrogado por el Gobierno Nacional si es necesario.
INCORA: El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria es un establecimiento publico descentralizado del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
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